Alabama · Reparaciones · Actualizado oct. 2026
Derechos de reparación del inquilino en Alabama
Lo que un arrendador en Alabama debe mantener en buen estado, cómo pedir reparaciones, si puede reparar y descontar o retener el alquiler, y la protección contra represalias.
Respuesta corta
El arrendador debe cumplir los códigos de construcción y vivienda que afectan la salud y la seguridad, hacer las reparaciones necesarias para mantener la unidad habitable (en condiciones para vivir), mantener las áreas comunes limpias y seguras, mantener funcionando la electricidad, la plomería, los servicios sanitarios, la calefacción, la ventilación, el aire acondicionado y los electrodomésticos que él da, dar recipientes para la basura y recogerla, y dar agua corriente, agua caliente razonable y calefacción razonable.
- Reparar y descontar
- No permitido
- Retener el alquiler
- No permitido
- Aviso antes de entrar
- 2 días
Reparaciones en Alabama
- La obligación del arrendador
- El arrendador debe cumplir los códigos de construcción y vivienda que afectan la salud y la seguridad, hacer las reparaciones necesarias para mantener la unidad habitable (en condiciones para vivir), mantener las áreas comunes limpias y seguras, mantener funcionando la electricidad, la plomería, los servicios sanitarios, la calefacción, la ventilación, el aire acondicionado y los electrodomésticos que él da, dar recipientes para la basura y recogerla, y dar agua corriente, agua caliente razonable y calefacción razonable. Ala. Code § 35-9A-204.
- Cómo pedir reparaciones
- Dele al arrendador un aviso por escrito que describa el problema y que diga que el contrato de arrendamiento terminará en una fecha de por lo menos 14 días después de que el arrendador lo reciba si el problema no se arregla. Si el arrendador lo arregla antes de esa fecha, el contrato continúa. También puede demandar por los daños reales, los honorarios de abogado y una orden de la corte. Si el arrendador no da calefacción, agua, agua caliente, electricidad o gas después del aviso, usted puede terminar el contrato con un aviso por escrito de 14 días o demandar por la reducción del valor del alquiler. Ala. Code §§ 35-9A-401, 35-9A-404.
- Reparar y descontar del alquiler
- No se permite. La ley de Alabama no incluye el derecho a reparar y descontar del alquiler.
- Retener el alquiler
- No se permite retener el alquiler por su cuenta. Si el arrendador lo demanda para recuperar la unidad o cobrar el alquiler mientras usted vive allí, usted puede presentar una contrademanda por las violaciones del arrendador, pero debe depositar el alquiler en la corte a medida que se vence. Ala. Code § 35-9A-405.
- Ley
- Ala. Code §§ 35-9A-204, 35-9A-401, 35-9A-404, 35-9A-405
Entrada del arrendador en Alabama
Aviso de por lo menos 2 días, y solo puede entrar a horas razonables. Una nota puesta en su puerta principal cuenta como aviso. No se necesita aviso en una emergencia, con una orden de la corte, o si el arrendador cree razonablemente que usted se mudó. Si usted pide una reparación, se considera que usted acepta que entren para hacerla. También cuenta como aviso un calendario general dado por adelantado para reparaciones, control de plagas o servicios de seguridad (dado con más de 2 días de anticipación). Ala. Code § 35-9A-303.
Represalias en Alabama
El arrendador no puede subir el alquiler, reducir los servicios, ni demandarlo o amenazar con demandarlo para recuperar la vivienda porque usted se quejó ante una agencia de códigos de vivienda, se quejó con el arrendador por reparaciones que exige el § 35-9A-204, o se unió a un sindicato de inquilinos. Usted tiene derecho a los mismos remedios que cuando lo dejan afuera (hasta tres meses de alquiler o los daños reales, más honorarios de abogado) y a una defensa contra el desalojo. La ley no fija un período en que se presume la represalia. El arrendador sí puede desalojarlo si usted está atrasado en el alquiler, causó el problema o tiene otras violaciones importantes del contrato. Ala. Code § 35-9A-501.
Consiga las reparaciones, paso a paso
- Anote el problema y tome fotos o video con fecha.
- Pídalo por escrito y guarde una copia. En Alabama: Dele al arrendador un aviso por escrito que describa el problema y que diga que el contrato de arrendamiento terminará en una fecha de por lo menos 14 días después de que el arrendador lo reciba si el problema no se arregla.
- Dé al arrendador el tiempo que permite la regla, y déjelo entrar a hacer el trabajo con el aviso debido.
- Si no pasa nada, llame al inspector local de vivienda y hable con la ayuda legal gratuita antes de dejar de pagar alquiler.
- Siga pagando el alquiler, salvo que la regla de arriba le permita retenerlo y usted siga sus pasos al pie de la letra.
Carta para pedir reparaciones en Alabama
Pida por escrito a su arrendador que arregle el problema antes de una fecha. Una petición por escrito y con fecha es el primer paso en casi todos los estados, y prueba que el arrendador lo sabía. Marque los problemas, agregue las fechas y descargue la carta en PDF o Word (o cópiela). Fírmela, guarde una copia y fotos, y envíela de una forma que pueda probar. La carta se genera en inglés; abajo le explicamos en español lo que dice.
Dónde conseguir ayuda gratuita en Alabama
Preguntas sobre reparaciones en Alabama
¿Cómo le pido reparaciones a mi arrendador en Alabama?
Dele al arrendador un aviso por escrito que describa el problema y que diga que el contrato de arrendamiento terminará en una fecha de por lo menos 14 días después de que el arrendador lo reciba si el problema no se arregla. Si el arrendador lo arregla antes de esa fecha, el contrato continúa. También puede demandar por los daños reales, los honorarios de abogado y una orden de la corte. Si el arrendador no da calefacción, agua, agua caliente, electricidad o gas después del aviso, usted puede terminar el contrato con un aviso por escrito de 14 días o demandar por la reducción del valor del alquiler. Ala. Code §§ 35-9A-401, 35-9A-404.
¿Puedo reparar y descontar el costo del alquiler en Alabama?
No se permite. La ley de Alabama no incluye el derecho a reparar y descontar del alquiler.
¿Puedo retener el alquiler por falta de reparaciones en Alabama?
No se permite retener el alquiler por su cuenta. Si el arrendador lo demanda para recuperar la unidad o cobrar el alquiler mientras usted vive allí, usted puede presentar una contrademanda por las violaciones del arrendador, pero debe depositar el alquiler en la corte a medida que se vence. Ala. Code § 35-9A-405.
¿Con cuánta anticipación debe avisar el arrendador antes de entrar en Alabama?
Aviso de por lo menos 2 días, y solo puede entrar a horas razonables. Una nota puesta en su puerta principal cuenta como aviso. No se necesita aviso en una emergencia, con una orden de la corte, o si el arrendador cree razonablemente que usted se mudó. Si usted pide una reparación, se considera que usted acepta que entren para hacerla. También cuenta como aviso un calendario general dado por adelantado para reparaciones, control de plagas o servicios de seguridad (dado con más de 2 días de anticipación). Ala. Code § 35-9A-303.
¿Puede el arrendador tomar represalias si me quejo en Alabama?
El arrendador no puede subir el alquiler, reducir los servicios, ni demandarlo o amenazar con demandarlo para recuperar la vivienda porque usted se quejó ante una agencia de códigos de vivienda, se quejó con el arrendador por reparaciones que exige el § 35-9A-204, o se unió a un sindicato de inquilinos. Usted tiene derecho a los mismos remedios que cuando lo dejan afuera (hasta tres meses de alquiler o los daños reales, más honorarios de abogado) y a una defensa contra el desalojo. La ley no fija un período en que se presume la represalia. El arrendador sí puede desalojarlo si usted está atrasado en el alquiler, causó el problema o tiene otras violaciones importantes del contrato. Ala. Code § 35-9A-501.
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- Ala. Code § 35-9A-421 Noncompliance; failure to pay rent (ALISON)
- Ala. Code § 35-9A-303 Access (ALISON)
- Ala. Code § 35-9A-501 Retaliatory conduct prohibited (ALISON)
- Morgan County (Alabama) court: Evictions
- Calhoun County (Alabama) court: District Civil
Última revisión: oct. 2026.