Colorado · Derechos de inquilinos · Actualizado oct. 2026
Derechos de inquilinos en Colorado
Depósitos de seguridad, reparaciones, entrada del arrendador, avisos y desalojos en Colorado, en palabras sencillas y con fuentes oficiales, más herramientas gratuitas para recuperar su depósito y pedir reparaciones.
Guías para inquilinos en Colorado
Depósito de seguridad
Límite, plazo, descuentos, multa y la calculadora.
Reparaciones
Lo que debe arreglar el arrendador, reparar y descontar, retener el alquiler y una carta.
Desalojo
Plazos de los avisos, plazos de la corte, cierres ilegales y una herramienta de fechas.
Depósito de seguridad en Colorado
- Límite
- Dos meses de alquiler (desde el 7 de agosto de 2023). Un depósito aparte por mascota no puede ser más de $300 y debe ser reembolsable; el alquiler mensual por mascota no puede ser más de $35 o 1.5% del alquiler, lo que sea mayor.
- Plazo para devolverlo
- Dentro de 30 días después de que termina el contrato de arrendamiento o usted entrega la unidad, lo que ocurra más tarde (desde el 1 de enero de 2026 el plazo es '30 días' en vez de 'un mes'). El contrato puede permitir un plazo más largo, pero nunca más de 60 días. El arrendador (dueño) puede enviar por correo la devolución y la lista a su última dirección conocida, enviarlas a un correo electrónico que sabe que usted usa o, si usted lo acepta, pagarle por transferencia electrónica segura, así que dé por escrito su dirección nueva para el correo. Si una devolución enviada por correo es devuelta, el arrendador debe guardarla por lo menos un año y pagarla dentro de 15 días después de que usted la pida. Si usted se mudó porque el arrendador no arregló un problema peligroso de gas dentro de 72 horas, el depósito se debe pagar dentro de 72 horas.
- Lista detallada de descuentos
- Sí. Si el arrendador se queda con alguna parte, debe enviar una lista por escrito con las razones exactas, junto con el resto del dinero (lista detallada de descuentos). Desde el 1 de enero de 2026, si usted lo pide por escrito dentro de 14 días después de recibir la lista, el arrendador también debe darle sus pruebas (fotos, informes de inspección, recibos, facturas o presupuestos). Si el arrendador no sigue estas reglas, pierde el derecho a quedarse con cualquier parte del depósito. C.R.S. § 38-12-103(1), (2), (8).
- Qué se puede descontar
- Desde el 1 de enero de 2026, solo cantidades razonables por: alquiler no pagado o abandono de la vivienda; cargos de servicios no pagados; otros cargos legales que aparecen en el contrato de arrendamiento; y reparaciones necesarias por daños más allá del desgaste normal que no existían cuando usted llegó. No se puede retener nada por desgaste normal ni por daños que ya existían, y las cláusulas del contrato que le cobran por esto no son válidas. El 'desgaste normal' incluye el deterioro común y los daños o la suciedad por el uso normal, pero no dejar la unidad mucho menos limpia que cuando usted llegó. Cambiar toda la alfombra o pintar toda la unidad solo se permite por daños importantes, y nunca para una alfombra de más de 10 años. A las víctimas de violencia doméstica o acoso que terminan un contrato según el § 38-12-402 no se les cobran los daños causados por el agresor.
- Intereses
- No. La ley no exige pagar intereses.
- Lista de revisión al mudarse
- No se exige una lista de revisión al mudarse. Desde el 1 de enero de 2026 (HB25-1249), usted o el arrendador pueden pedir una inspección juntos antes de que termine el contrato de arrendamiento, después de que usted haya tenido la oportunidad de sacar los muebles; puede ser en persona o por video.
- Si el arrendador se lo queda sin razón
- Si el arrendador se queda indebidamente con el depósito (desde 2026 esto incluye no cumplir el plazo, no dar las razones exactas, no devolver el resto a tiempo o quedárselo de mala fe), usted puede recuperar tres veces la cantidad retenida indebidamente, más honorarios de abogado razonables y costos de la corte. Primero envíele al arrendador una exigencia por escrito pidiendo el depósito y diciendo que piensa demandar; usted puede demandar por el triple solo si el arrendador no devuelve el dinero dentro de 7 días después de recibirla. Quedarse con 125% o más de los daños reales del arrendador se presume que es mala fe. El arrendador debe probar que cumplió la ley y cuáles fueron sus daños reales. Un arrendador que actuó de buena fe pero se quedó con demasiado solo debe el exceso y los costos de la corte.
Cómo recuperar su depósito
- Antes de mudarse, limpie, tome fotos y video con fecha de cada cuarto y devuelva todas las llaves.
- Dé a su arrendador su dirección nueva por escrito. En Colorado: El arrendador (dueño) puede enviar por correo la devolución y la lista a su última dirección conocida, enviarlas a un correo electrónico que sabe que usted usa o, si usted lo acepta, pagarle por transferencia electrónica segura, así que dé por escrito su dirección nueva para el correo.
- Espere el plazo: Dentro de 30 días después de que termina el contrato de arrendamiento o usted entrega la unidad, lo que ocurra más tarde (desde el 1 de enero de 2026 el plazo es '30 días' en vez de 'un mes').
- Si el dinero o la lista detallada no llegan, o los descuentos están mal, envíe una carta de reclamo (abajo). Guarde la prueba del envío.
- Si eso no funciona, demande en la corte de reclamos menores. Límite: $7,500, sin contar intereses ni costos. Corte de reclamos menores en Colorado, en Small Claims Map
Reparaciones en Colorado
- La obligación del arrendador
- El arrendador debe mantener la unidad en condiciones para que vivan personas durante todo el arrendamiento (garantía de habitabilidad). El arrendador la viola si la unidad no es habitable (en condiciones para vivir) o tiene una condición que afecta de forma importante su vida, su salud o su seguridad, y después de un aviso por escrito el arrendador no empieza las reparaciones dentro de 24 horas (vida, salud o seguridad) o 72 horas (otros problemas de habitabilidad) o no las termina en un tiempo razonable. Para problemas de vida, salud o seguridad, usted puede pedir una unidad parecida o un cuarto de hotel sin costo dentro de 24 horas. C.R.S. §§ 38-12-503, 38-12-505.
- Cómo pedir reparaciones
- Dé un aviso por escrito de la forma que indica su contrato de arrendamiento o que el arrendador usa normalmente (mensaje de texto, correo electrónico o portal de mantenimiento cuentan si así se comunican normalmente). El arrendador debe comunicarse con usted dentro de 24 horas y empezar las reparaciones dentro de 24 horas (vida, salud o seguridad) o 72 horas (otros problemas de habitabilidad). Si el problema sigue después de 7 días (vida, salud o seguridad) o 14 días (otros), la ley presume que el arrendador no cumplió. Usted también puede terminar el contrato con un aviso por escrito de 10 a 60 días si no se arregla. C.R.S. §§ 38-12-503, 38-12-507.
- Reparar y descontar del alquiler
- Sí (desde el 3 de mayo de 2024). Dele al arrendador un aviso por escrito de por lo menos 10 días (48 horas si el problema amenaza la vida, la salud o la seguridad) diciendo que usted contratará a un profesional con licencia o calificado que no sea su familiar. Si el arrendador no lo arregla en ese tiempo, usted puede contratar al profesional y descontar el costo de uno o más pagos de alquiler, y después darle el recibo al arrendador (reparar y descontar del alquiler). Para un electrodoméstico roto, usted puede reemplazarlo por uno parecido después de un aviso por escrito de 3 días y descontar el costo. Descontar de mala fe le puede costar el doble. C.R.S. § 38-12-507(1)(c).
- Retener el alquiler
- No hay un derecho general a retener el alquiler fuera de reparar y descontar del alquiler, pero una violación de la habitabilidad es una defensa en un desalojo por falta de pago, y usted no necesita dar una fianza ni depositar dinero en la corte para usarla. Si la corte encuentra una violación, se presume que el alquiler se reduce a $0 (problemas de vida, salud o seguridad) o a 50% (otros problemas) durante el tiempo en que no se arregló. C.R.S. § 38-12-507(2)-(3).
- Ley
- C.R.S. §§ 38-12-503, 38-12-505, 38-12-507
Entrada del arrendador en Colorado
No hay una ley general sobre la entrada del arrendador; revise su contrato de arrendamiento. Para reparar problemas de habitabilidad, el arrendador debe dar un aviso por escrito de por lo menos 24 horas con la fecha, la hora y la duración esperada de la visita, excepto cuando el problema es una amenaza inmediata para la vida, la salud o la seguridad o causaría daños graves. Usted puede rechazar de forma razonable la hora ofrecida y proponer otra. C.R.S. § 38-12-503(6).
Desalojo en Colorado
- Aviso por alquiler sin pagar
- Exigencia por escrito de 10 días para pagar el alquiler o mudarse (aviso de pagar o desalojar) (5 días para un 'exempt residential agreement' (contrato de vivienda exento): una casa unifamiliar alquilada por un arrendador que tiene cinco o menos casas unifamiliares de alquiler y lo dice en el contrato). El aviso debe describir los motivos, mencionar el derecho a la mediación para inquilinos que reciben SSI, SSDI o Colorado Works, y estar en inglés, en español o en su idioma principal. C.R.S. §§ 13-40-104(1)(d), 13-40-106.
- Aviso por violar el contrato
- Aviso de 10 días para cumplir el contrato de arrendamiento o mudarse (aviso de corregir o desalojar) (5 días para contratos de vivienda exentos). Si se repite la violación de la misma regla, se permite un aviso de 10 días para terminar el contrato sin oportunidad de corregir. Una 'violación sustancial' (ciertos delitos graves o actos que ponen en peligro a otros) permite un aviso de 3 días para terminar el contrato. C.R.S. §§ 13-40-104(1)(e), (e.5), 13-40-107.5.
- Fin de un alquiler de mes a mes
- Si usted ha vivido allí por lo menos 12 meses, la mayoría de los arrendadores necesitan una 'causa' legal para terminar su arrendamiento o no renovarlo (ley de desalojo con causa, HB24-1098, desde el 19 de abril de 2024). No están cubiertos: inquilinos de menos de 12 meses, alquileres de corto plazo, y unidades en una casa unifamiliar, dúplex o tríplex donde vive el dueño (o al lado de donde vive el dueño). Las causas 'sin culpa' del inquilino se limitan a demolición o cambio de uso, renovación mayor, que el dueño o su familia se mude a la unidad, venta, que usted rechace un contrato nuevo con condiciones razonables, y un historial de falta de pago; la demolición o cambio de uso y la renovación exigen un aviso por escrito de por lo menos 90 días. Cuando se puede terminar un arrendamiento periódico, y para los inquilinos que terminan uno, el aviso es: arrendamiento de 1 a 6 meses (incluido el de mes a mes), 21 días; de 6 meses a 1 año, 28 días; de 1 año o más, 91 días. C.R.S. §§ 13-40-107, 38-12-1302, 38-12-1303.
- Plazo para responder a una demanda de desalojo
- La citación fija una fecha para presentarse de 7 a 14 días después de que se emite. Usted debe presentar una respuesta por escrito en esa fecha y hora o antes (o presentarse), o la corte puede dictar una sentencia por falta de respuesta (en rebeldía) que le da la posesión al arrendador. C.R.S. §§ 13-40-111, 13-40-113.
- Cambio de cerraduras y corte de servicios
- Sí. El arrendador no puede sacarlo ni dejarlo afuera, cortarle a propósito los servicios (calefacción, agua, agua caliente, electricidad, gas), ni quitar puertas, ventanas o cerraduras sin una orden de la corte. Usted puede demandar para volver a entrar y recuperar sus daños reales más daños fijados por ley de tres veces el alquiler mensual o $5,000, lo que sea mayor, más honorarios de abogado. C.R.S. § 38-12-510.
- Autoayuda de la corte
- Página de autoayuda de la corte sobre desalojos (en inglés)
- Ley
- C.R.S. §§ 13-40-104, 13-40-106, 13-40-107, 13-40-111, 13-40-113, 38-12-510, 38-12-1303
Aumentos del alquiler y control de alquileres en Colorado
- Aviso de aumento del alquiler
- Aviso por escrito de por lo menos 60 días si usted no tiene un contrato de arrendamiento por escrito. El alquiler solo se puede subir una vez en cualquier período de 12 meses, haya o no un contrato por escrito. En un contrato por un plazo fijo, el alquiler no se puede subir durante ese plazo, a menos que el contrato lo permita. C.R.S. §§ 38-12-701, 38-12-702.
- Control de alquileres
- No hay un límite estatal a los alquileres. Las ciudades y los condados no pueden tener control de alquileres en viviendas privadas (C.R.S. § 38-12-301), excepto mediante acuerdos voluntarios de vivienda asequible.
Cargos por pago atrasado en Colorado
No se puede cobrar un cargo por pago atrasado hasta que el alquiler tenga por lo menos 7 días calendario de atraso. El cargo no puede ser más de $50 o 5% del alquiler atrasado, lo que sea mayor, debe estar en el contrato de arrendamiento, solo se puede cobrar una vez por cada pago atrasado, y no puede ser la razón de un desalojo. Si se viola esta regla: penalidad de $50 y, si no se corrige dentro de 7 días después de su aviso, de $150 a $1,000 por violación, más daños y honorarios de abogado. C.R.S. § 38-12-105. Desde el 1 de enero de 2026 (HB25-1090, C.R.S. § 6-1-737), los arrendadores deben mostrar el precio total del alquiler incluyendo los cargos obligatorios, y no pueden cobrar cargos por pago atrasado sobre cantidades vencidas que no sean alquiler, cargos por procesar pagos cuando no hay una forma gratuita de pagar, cargos por impuestos a la propiedad o por mantenimiento de áreas comunes, cargos de servicios más altos que el costo real del proveedor, ni cargos que suban más de 2% durante un contrato de un año o menos.
Represalias en Colorado
El arrendador no puede subirle el alquiler, reducir los servicios, terminar o no renovar su contrato de arrendamiento, demandarlo o amenazar con desalojarlo, acosarlo ni cobrarle cargos porque usted se quejó de buena fe de las condiciones (al arrendador, a una organización sin fines de lucro o a una agencia del gobierno), se unió a una asociación de inquilinos o usó sus derechos de habitabilidad. Usted solo tiene que mostrar que su queja fue un 'factor que motivó' la acción. Daños: tres meses de alquiler o tres veces sus daños reales, lo que sea mayor, más honorarios de abogado, y usted puede terminar el contrato. También es una defensa contra el desalojo. La ley no fija un período en que se presume la represalia. C.R.S. § 38-12-509.
Corte de reclamos menores en Colorado
Los reclamos por depósitos casi siempre van a la corte de reclamos menores (small claims court), donde no necesita abogado.
Límite: $7,500, sin contar intereses ni costos.
Dónde conseguir ayuda gratuita en Colorado
- Colorado Judicial Branch: Self-Help Forms (Housing Cases / Residential Evictions) (formularios de autoayuda de las cortes de Colorado: casos de vivienda y desalojos)
- Colorado Division of Real Estate: HB25-1249 tenant security deposit summary (resumen de la ley HB25-1249 sobre depósitos de seguridad)
- Colorado Legal Services (ayuda legal gratuita en todo el estado)
Bueno saber en Colorado
- Desde abril de 2024, Colorado tiene una ley estatal de desalojo 'con causa': después de 12 meses, la mayoría de los arrendadores no pueden terminar un arrendamiento de mes a mes ni dejar de renovarlo sin una razón legal.
- Desde mayo de 2024, usted puede reparar y descontar del alquiler por problemas de habitabilidad después de un aviso por escrito de 10 días (48 horas para problemas urgentes), usando a un profesional calificado.
- Cargos por pago atrasado: ninguno hasta que el alquiler tenga 7 días de atraso, y no más de $50 o 5% del alquiler atrasado.
Cambios recientes en la ley
HB24-1098 (19 de abril de 2024): desalojo con causa en todo el estado, con motivos limitados 'sin culpa' del inquilino y aviso de 90 días para demolición o cambio de uso y renovación. SB24-094 (3 de mayo de 2024): reescribió la garantía de habitabilidad (respuesta en 24/72 horas, hotel o unidad parecida, reparar y descontar del alquiler, alquiler que se presume reducido a $0 o 50%, daños por dejarlo afuera aumentados a 3 meses de alquiler o $5,000). HB25-1168 (2025): protecciones de vivienda para víctimas de violencia doméstica, acoso y agresión sexual, incluidas reglas sobre el depósito y la terminación anticipada del contrato. HB25-1249 (1 de enero de 2026): el plazo para devolver el depósito es de 30 días (máximo 60 si el contrato lo dice); inspección juntos si se pide; nuevas definiciones de desgaste normal y de mala fe; retener el depósito de forma 'indebida' (no solo 'a propósito') da derecho al triple de daños después de una exigencia de 7 días; pruebas si se piden; límites a los cobros por alfombra y pintura. HB25-1090 (1 de enero de 2026): obligación de mostrar el precio total y prohibición de muchos 'cargos basura' (junk fees) en los alquileres. Sesión de 2026: HB26-1196 (información en las solicitudes de alquiler sobre la evaluación de inquilinos y la privacidad de las demandas de desalojo) y HB26-1013 (reglas para dividir las facturas de servicios entre inquilinos), según el resumen de vivienda de 2026 del Legislative Council. Antes: HB23-1068 (1 de enero de 2024) limitó los depósitos y el alquiler por mascota; SB23-184 (7 de agosto de 2023) limitó los depósitos a dos meses.
Herramientas gratuitas para inquilinos en Colorado
Preparadas para Colorado. Funcionan en su navegador y no envían nada.
Calculadora de devolución del depósito en Colorado
Vea el plazo que tiene el arrendador en su estado para devolver el depósito de seguridad, si ya se atrasó y cuánto podrían deberle. Nada de lo que escribe aquí se envía a ningún lugar.
Carta para reclamar el depósito de seguridad en Colorado
Una carta breve, firme y respetuosa que le pide a su arrendador devolverle el depósito antes de una fecha. Cita la ley de depósitos de su estado. Muchos arrendadores pagan en este paso, y la carta prueba que usted lo pidió. Llene los datos, descargue la carta en PDF o Word (o cópiela), fírmela, guarde una copia y envíela de una forma que pueda probar, como correo certificado con acuse de recibo. La carta se genera en inglés, porque va dirigida a su arrendador y porque las cortes de EE. UU. trabajan en inglés; abajo le explicamos en español lo que dice.
Carta para pedir reparaciones en Colorado
Pida por escrito a su arrendador que arregle el problema antes de una fecha. Una petición por escrito y con fecha es el primer paso en casi todos los estados, y prueba que el arrendador lo sabía. Marque los problemas, agregue las fechas y descargue la carta en PDF o Word (o cópiela). Fírmela, guarde una copia y fotos, y envíela de una forma que pueda probar. La carta se genera en inglés; abajo le explicamos en español lo que dice.
Plazos de un aviso de desalojo en Colorado
¿Recibió un aviso de su arrendador? Indique el tipo de aviso y el día en que lo recibió para ver las fechas que resultan de la regla de su estado, lo que su arrendador no puede hacer y dónde conseguir ayuda gratuita rápido.
Esto no es asesoría legal. Los plazos de desalojo son cortos y perder uno puede costarle su vivienda. Lea su aviso con cuidado y comuníquese de inmediato con ayuda legal gratuita o con el centro de autoayuda de la corte.
Preguntas sobre los derechos de inquilinos en Colorado
¿Cuánto puede cobrar el arrendador de depósito de seguridad en Colorado?
Dos meses de alquiler (desde el 7 de agosto de 2023). Un depósito aparte por mascota no puede ser más de $300 y debe ser reembolsable; el alquiler mensual por mascota no puede ser más de $35 o 1.5% del alquiler, lo que sea mayor.
¿Cuánto tiempo tiene el arrendador para devolver el depósito en Colorado?
Dentro de 30 días después de que termina el contrato de arrendamiento o usted entrega la unidad, lo que ocurra más tarde (desde el 1 de enero de 2026 el plazo es '30 días' en vez de 'un mes'). El contrato puede permitir un plazo más largo, pero nunca más de 60 días. El arrendador (dueño) puede enviar por correo la devolución y la lista a su última dirección conocida, enviarlas a un correo electrónico que sabe que usted usa o, si usted lo acepta, pagarle por transferencia electrónica segura, así que dé por escrito su dirección nueva para el correo. Si una devolución enviada por correo es devuelta, el arrendador debe guardarla por lo menos un año y pagarla dentro de 15 días después de que usted la pida. Si usted se mudó porque el arrendador no arregló un problema peligroso de gas dentro de 72 horas, el depósito se debe pagar dentro de 72 horas.
¿Qué puedo hacer si el arrendador no me devuelve el depósito en Colorado?
Si el arrendador se queda indebidamente con el depósito (desde 2026 esto incluye no cumplir el plazo, no dar las razones exactas, no devolver el resto a tiempo o quedárselo de mala fe), usted puede recuperar tres veces la cantidad retenida indebidamente, más honorarios de abogado razonables y costos de la corte. Primero envíele al arrendador una exigencia por escrito pidiendo el depósito y diciendo que piensa demandar; usted puede demandar por el triple solo si el arrendador no devuelve el dinero dentro de 7 días después de recibirla. Quedarse con 125% o más de los daños reales del arrendador se presume que es mala fe. El arrendador debe probar que cumplió la ley y cuáles fueron sus daños reales. Un arrendador que actuó de buena fe pero se quedó con demasiado solo debe el exceso y los costos de la corte.
¿Qué puede descontar el arrendador del depósito en Colorado?
Desde el 1 de enero de 2026, solo cantidades razonables por: alquiler no pagado o abandono de la vivienda; cargos de servicios no pagados; otros cargos legales que aparecen en el contrato de arrendamiento; y reparaciones necesarias por daños más allá del desgaste normal que no existían cuando usted llegó. No se puede retener nada por desgaste normal ni por daños que ya existían, y las cláusulas del contrato que le cobran por esto no son válidas. El 'desgaste normal' incluye el deterioro común y los daños o la suciedad por el uso normal, pero no dejar la unidad mucho menos limpia que cuando usted llegó. Cambiar toda la alfombra o pintar toda la unidad solo se permite por daños importantes, y nunca para una alfombra de más de 10 años. A las víctimas de violencia doméstica o acoso que terminan un contrato según el § 38-12-402 no se les cobran los daños causados por el agresor.
¿El arrendador tiene que pagar intereses sobre el depósito en Colorado?
No. La ley no exige pagar intereses.
¿Cómo le pido reparaciones a mi arrendador en Colorado?
Dé un aviso por escrito de la forma que indica su contrato de arrendamiento o que el arrendador usa normalmente (mensaje de texto, correo electrónico o portal de mantenimiento cuentan si así se comunican normalmente). El arrendador debe comunicarse con usted dentro de 24 horas y empezar las reparaciones dentro de 24 horas (vida, salud o seguridad) o 72 horas (otros problemas de habitabilidad). Si el problema sigue después de 7 días (vida, salud o seguridad) o 14 días (otros), la ley presume que el arrendador no cumplió. Usted también puede terminar el contrato con un aviso por escrito de 10 a 60 días si no se arregla. C.R.S. §§ 38-12-503, 38-12-507.
¿Puedo reparar y descontar el costo del alquiler en Colorado?
Sí (desde el 3 de mayo de 2024). Dele al arrendador un aviso por escrito de por lo menos 10 días (48 horas si el problema amenaza la vida, la salud o la seguridad) diciendo que usted contratará a un profesional con licencia o calificado que no sea su familiar. Si el arrendador no lo arregla en ese tiempo, usted puede contratar al profesional y descontar el costo de uno o más pagos de alquiler, y después darle el recibo al arrendador (reparar y descontar del alquiler). Para un electrodoméstico roto, usted puede reemplazarlo por uno parecido después de un aviso por escrito de 3 días y descontar el costo. Descontar de mala fe le puede costar el doble. C.R.S. § 38-12-507(1)(c).
¿Puedo retener el alquiler por falta de reparaciones en Colorado?
No hay un derecho general a retener el alquiler fuera de reparar y descontar del alquiler, pero una violación de la habitabilidad es una defensa en un desalojo por falta de pago, y usted no necesita dar una fianza ni depositar dinero en la corte para usarla. Si la corte encuentra una violación, se presume que el alquiler se reduce a $0 (problemas de vida, salud o seguridad) o a 50% (otros problemas) durante el tiempo en que no se arregló. C.R.S. § 38-12-507(2)-(3).
¿Con cuánta anticipación debe avisar el arrendador antes de entrar en Colorado?
No hay una ley general sobre la entrada del arrendador; revise su contrato de arrendamiento. Para reparar problemas de habitabilidad, el arrendador debe dar un aviso por escrito de por lo menos 24 horas con la fecha, la hora y la duración esperada de la visita, excepto cuando el problema es una amenaza inmediata para la vida, la salud o la seguridad o causaría daños graves. Usted puede rechazar de forma razonable la hora ofrecida y proponer otra. C.R.S. § 38-12-503(6).
¿Cuánto aviso debe dar el arrendador por alquiler sin pagar en Colorado?
Exigencia por escrito de 10 días para pagar el alquiler o mudarse (aviso de pagar o desalojar) (5 días para un 'exempt residential agreement' (contrato de vivienda exento): una casa unifamiliar alquilada por un arrendador que tiene cinco o menos casas unifamiliares de alquiler y lo dice en el contrato). El aviso debe describir los motivos, mencionar el derecho a la mediación para inquilinos que reciben SSI, SSDI o Colorado Works, y estar en inglés, en español o en su idioma principal. C.R.S. §§ 13-40-104(1)(d), 13-40-106.
¿Cuánto aviso hay por violar el contrato en Colorado?
Aviso de 10 días para cumplir el contrato de arrendamiento o mudarse (aviso de corregir o desalojar) (5 días para contratos de vivienda exentos). Si se repite la violación de la misma regla, se permite un aviso de 10 días para terminar el contrato sin oportunidad de corregir. Una 'violación sustancial' (ciertos delitos graves o actos que ponen en peligro a otros) permite un aviso de 3 días para terminar el contrato. C.R.S. §§ 13-40-104(1)(e), (e.5), 13-40-107.5.
¿Cuánto aviso se necesita para terminar un alquiler de mes a mes en Colorado?
Si usted ha vivido allí por lo menos 12 meses, la mayoría de los arrendadores necesitan una 'causa' legal para terminar su arrendamiento o no renovarlo (ley de desalojo con causa, HB24-1098, desde el 19 de abril de 2024). No están cubiertos: inquilinos de menos de 12 meses, alquileres de corto plazo, y unidades en una casa unifamiliar, dúplex o tríplex donde vive el dueño (o al lado de donde vive el dueño). Las causas 'sin culpa' del inquilino se limitan a demolición o cambio de uso, renovación mayor, que el dueño o su familia se mude a la unidad, venta, que usted rechace un contrato nuevo con condiciones razonables, y un historial de falta de pago; la demolición o cambio de uso y la renovación exigen un aviso por escrito de por lo menos 90 días. Cuando se puede terminar un arrendamiento periódico, y para los inquilinos que terminan uno, el aviso es: arrendamiento de 1 a 6 meses (incluido el de mes a mes), 21 días; de 6 meses a 1 año, 28 días; de 1 año o más, 91 días. C.R.S. §§ 13-40-107, 38-12-1302, 38-12-1303.
¿Cuánto tiempo tengo para responder a una demanda de desalojo en Colorado?
La citación fija una fecha para presentarse de 7 a 14 días después de que se emite. Usted debe presentar una respuesta por escrito en esa fecha y hora o antes (o presentarse), o la corte puede dictar una sentencia por falta de respuesta (en rebeldía) que le da la posesión al arrendador. C.R.S. §§ 13-40-111, 13-40-113.
¿Puede el arrendador cambiarme las cerraduras o cortarme los servicios en Colorado?
Sí. El arrendador no puede sacarlo ni dejarlo afuera, cortarle a propósito los servicios (calefacción, agua, agua caliente, electricidad, gas), ni quitar puertas, ventanas o cerraduras sin una orden de la corte. Usted puede demandar para volver a entrar y recuperar sus daños reales más daños fijados por ley de tres veces el alquiler mensual o $5,000, lo que sea mayor, más honorarios de abogado. C.R.S. § 38-12-510.
¿Cuánto aviso se necesita para un aumento del alquiler en Colorado?
Aviso por escrito de por lo menos 60 días si usted no tiene un contrato de arrendamiento por escrito. El alquiler solo se puede subir una vez en cualquier período de 12 meses, haya o no un contrato por escrito. En un contrato por un plazo fijo, el alquiler no se puede subir durante ese plazo, a menos que el contrato lo permita. C.R.S. §§ 38-12-701, 38-12-702.
¿Hay control de alquileres en Colorado?
No hay un límite estatal a los alquileres. Las ciudades y los condados no pueden tener control de alquileres en viviendas privadas (C.R.S. § 38-12-301), excepto mediante acuerdos voluntarios de vivienda asequible.
¿Hay un límite a los cargos por pago atrasado en Colorado?
No se puede cobrar un cargo por pago atrasado hasta que el alquiler tenga por lo menos 7 días calendario de atraso. El cargo no puede ser más de $50 o 5% del alquiler atrasado, lo que sea mayor, debe estar en el contrato de arrendamiento, solo se puede cobrar una vez por cada pago atrasado, y no puede ser la razón de un desalojo. Si se viola esta regla: penalidad de $50 y, si no se corrige dentro de 7 días después de su aviso, de $150 a $1,000 por violación, más daños y honorarios de abogado. C.R.S. § 38-12-105. Desde el 1 de enero de 2026 (HB25-1090, C.R.S. § 6-1-737), los arrendadores deben mostrar el precio total del alquiler incluyendo los cargos obligatorios, y no pueden cobrar cargos por pago atrasado sobre cantidades vencidas que no sean alquiler, cargos por procesar pagos cuando no hay una forma gratuita de pagar, cargos por impuestos a la propiedad o por mantenimiento de áreas comunes, cargos de servicios más altos que el costo real del proveedor, ni cargos que suban más de 2% durante un contrato de un año o menos.
¿Puede el arrendador tomar represalias si me quejo en Colorado?
El arrendador no puede subirle el alquiler, reducir los servicios, terminar o no renovar su contrato de arrendamiento, demandarlo o amenazar con desalojarlo, acosarlo ni cobrarle cargos porque usted se quejó de buena fe de las condiciones (al arrendador, a una organización sin fines de lucro o a una agencia del gobierno), se unió a una asociación de inquilinos o usó sus derechos de habitabilidad. Usted solo tiene que mostrar que su queja fue un 'factor que motivó' la acción. Daños: tres meses de alquiler o tres veces sus daños reales, lo que sea mayor, más honorarios de abogado, y usted puede terminar el contrato. También es una defensa contra el desalojo. La ley no fija un período en que se presume la represalia. C.R.S. § 38-12-509.
¿Cuál es el límite de la corte de reclamos menores en Colorado?
$7,500, sin contar intereses ni costos.
- C.R.S. §§ 38-12-102, 38-12-102.5, 38-12-103 (as amended by HB25-1168 and HB25-1249), 38-12-104, 38-12-106
- Colorado Revised Statutes 2024, Title 13 (forcible entry and detainer, Art. 40)
- Colorado Division of Real Estate: HB25-1249 Summary
- Colorado Judicial Branch: Self-Help Forms
- Colorado Legal Services
- HB25-1249 as signed (Colorado General Assembly)
- HB25-1168 as signed (Colorado General Assembly)
- HB25-1090 as signed (Colorado General Assembly)
Última revisión: oct. 2026.